REGLAMENTO SOBRE LA ASIGNACION DE TURNO DE DOCENCIA DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES.
l. Cuando un curso tenga dos o más grupos de docencia, los alumnos se distribuirán en cada uno de ellos por orden alfabético, sorteándose la letra de inicio del primer grupo (grupo A), correspondiente al primer curso de la carrera. Los turnos de mañana y tarde se asignarán alternativamente por promociones, cada una de las cuales mantendrá hasta que finalice la carrera el mismo turno asignado.
2. Sólo se admitirá el cambio de un turno o grupo a otro por los siguientes motivos:
2.1. INCOMPATIBILIDAD LABORAL: acreditando esta circunstancia mediante nómina y certificado de horario laboral, con al menos dos meses de antigüedad a la fecha de matriculación.
2.2. IMPOSIBILIDAD DE TRANSPORTE: Certificado del Ayuntamiento de residencia en el que se acredite la inexistencia de transporte público o privado que posibilite la asistencia al horario asignado en la Universidad.
2.3. INCOMPATIBILIDAD ACADÉMICA: Por simultaneidad de estudios oficiales aportando certificado oficial de estar matriculado y en el que conste el horario de clases, siempre y cuando este no se pueda modificar.
2.4. INCOMPATIBILIDAD DEPORTIVA: Certificado acreditativo del horario de entrenamiento y ficha federativa con más de un año de antigüedad a la fecha de matriculación.
2.5. SALUD: Informe médico que acredite la imposibilidad de forma permanente de asistir al turno o grupo de docencia asignado.
3. Una Comisión de Asignación de Turnos y grupos de Docencia fijará cada año el plazo para solicitar el cambio de turno o grupo y resolverá sobre las mismas. Esta Comisión estará formada por el equipo Decanal de la Facultad, el Delegado de alumnos y la Administradora de la Facultad. El fallo de la comisión será inapelable.
4. La Comisión se reserva el derecho a modificar los grupos y las aulas establecidas en caso de necesidad.
5. El Cambio de grupo afectará a todas las asignaturas del mismo curso en las que el alumno se hubiere matriculado, para las asignaturas sueltas de otros cursos lo estudiará la Comisión.
6. El apartado l. de este Reglamento sólo será de aplicación a las promociones que comiencen a partir del curso académico 2008/2009.
7. Será desestimada toda solicitud de cambio de turno o grupo que no este debidamente acreditada conforme a este reglamento.
(17 de julio de 2008, fecha de la Junta de Centro por la que se aprueba el presente reglamento).