PUBLICADOS PLAZOS DE MATRÍCULA PARA EL CURSO 2024/25
Si eres admitido en alguno de los estudios de Grado en los que hayas solicitado plaza deberás matricularte, en función de la lista en que resultes admitido, en los plazos y de acuerdo al procedimiento que te indicamos a continuación.
Plazos y matrícula online
Plazos
Si eres admitido en alguno de los estudios de Grado que hayas solicitado, deberás matricularte de acuerdo con el siguiente calendario en función de la lista en la que resultes admitido.
Si eres admitido en las listas del día 15 de julio en alguna de las titulaciones que solicitaste, te matricularás entre los días 15 y 16 de julio. |
Si eres admitido en las listas del día
22 de julio en alguna de las titulaciones que solicitaste, te matricularás entre los días
22 y 23 de julio. |
Si eres admitido en las listas del día 30 de julio en alguna de las titulaciones que solicitaste, te matricularás entre los días 30 y 31 de julio. |
Si eres admitido en las listas del día 5 de septiembre en alguna de las titulaciones que solicitaste, te matricularás entre los días 5 y 6 de septiembre |
Si eres admitido en las listas del día 12 de septiembre en alguna de las titulaciones que solicitaste, te matricularás entre los días
12 y 13 de septiembre. |
Si eres admitido en las listas del día 19 de septiembre en alguna de las titulaciones que solicitaste, te matricularás entre los días
19 y 20 de septiembre. |
Si eres admitido en las listas del día 30 de julio en alguna de las titulaciones que solicitaste, te matricularás entre los días 30 y 31 de julio.
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Si eres admitido en las listas del día 5 de septiembre en alguna de las titulaciones que solicitaste, te matricularás entre los días 5 y 6 de septiembre |
Si eres admitido en las listas del día 12 de septiembre en alguna de las titulaciones que solicitaste, te matricularás entre los días
12 y 13 de septiembre. |
Si eres admitido en las listas del día 19 de septiembre en alguna de las titulaciones que solicitaste, te matricularás entre los días
19 y 20 de septiembre. |
Si realizas tu preinscripción en la fase de
septiembre te incorporarás a las listas de admisión mencionadas el día 12 de septiembre, debiendo matricularte en los plazos señalados, en función de la lista en la que resultes admitido.
MUY IMPORTANTE: Recuerda que si no formalizas la matrícula en los plazos establecidos para cada lista de admisión perderás el derecho a la plaza obtenida.
IMPORTANTE: Finalizado el proceso de publicación de listas de admisión, las plazas vacantes existentes o que pudieran producirse por bajas o renuncias, serán ofertadas a los solicitantes que se encuentren en lista de espera, por riguroso orden de puntuación de admisión.
La comunicación de la plaza adjudicada la realizará la Universidad telefónicamente al número de teléfono móvil o fijo facilitado por los solicitantes en su preinscripción, quienes dispondrán de un plazo máximo de 24 horas para aceptar o rechazar la plaza vacante. La comunicación telefónica se realizará reiteradamente durante dos días en horario de mañana y tarde. La falta de respuesta a la comunicación telefónica supondrá la renuncia a la plaza asignada, pasando la misma a ser ofertada al siguiente solicitante según el orden de puntuación de la lista de espera.
Matrícula online
Los estudiantes pueden realizar su matrícula:
Matrícula Provisional
Si has sido admitido en nuestra Universidad pero justificas estar pendiente de admisión en otra universidad, podrás realizar una matrícula provisional. Para formalizarla deberás abonar los precios públicos por servicios de secretaría y remitir la documentación exigida (resguardo de pago y justificante de preinscripción en otra universidad) en el
PLAZO MÁXIMO DE 5 DÍAS HÁBILES, anulándose en caso contrario tu matrícula.
Las matrículas provisionales serán anuladas de oficio el 30 de agosto.
Documentación necesaria
Para formalizar la matrícula, debe enviarse por correo electrónico al Servicio de Gestión Académica la siguiente documentación en un plazo de CINCO DÍAS HÁBILES :
DNI, Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) que incluye el Número de Identificación de Extranjeros (NIE) en el caso de estudiantes extranjeros procedentes de países que no formen parte de la Unión Europea, o Tarjeta o Certificado de registro de ciudadano de la Unión en el caso de estudiantes procedentes de países de la Unión Europea.
En caso de que no dispongas del TIE o NIE en el momento de la matrícula, dispondrás de un plazo adicional para tramitarlo y presentarlo en la UC.
Documentación acreditativa, en su caso, de las exenciones o reducciones del importe de la matrícula que se soliciten (familia numerosa, discapacidad, etc...).
En caso de haberse matriculado anteriormente en otros estudios universitarios: Resguardo de pago de derechos de traslado de expediente académico desde el centro de procedencia.
IMPORTANTE: Ten en cuenta que el pago de las tasas de la matrícula se realizará por DOMICILIACIÓN BANCARIA. Para ello deberás introducir, en el momento de realizar la matrícula, un número de CUENTA BANCARIA (IBAN) para poder efectuar el pago de las tasas. + Calendario de domiciliaciones
Para todos los estudiantes
DNI, Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) que incluye el Número de Identificación de Extranjeros (NIE) en el caso de estudiantes extranjeros procedentes de países que no formen parte de la Unión Europea, o Tarjeta o Certificado de registro de ciudadano de la Unión en el caso de estudiantes procedentes de países de la Unión Europea.
En caso de que no dispongas del TIE o NIE en el momento de la matrícula, dispondrás de un plazo adicional para tramitarlo y presentarlo en la UC.
Documentación acreditativa, en su caso, de las exenciones o reducciones del importe de la matrícula que se soliciten (familia numerosa, discapacidad, etc...).
IMPORTANTE: Ten en cuenta que el pago de las tasas de la matrícula se realizará por DOMICILIACIÓN BANCARIA. Para ello deberás introducir, en el momento de realizar la matrícula, un número de CUENTA BANCARIA (IBAN) para poder efectuar el pago de las tasas. + Calendario de domiciliaciones
Además se aportará la siguiente documentación según los estudios previos del estudiante
- Estudiantes matriculados anteriormente en otros estudios universitarios
Titulados universitarios
Certificación académica personal con indicación de las calificaciones, en la que conste que se han abonado los derechos de expedición del título. No tendrán que presentarla los titulados por la Universidad de Cantabria. Si en la Certificación Académica Personal no figura la fecha de abono de los derechos de expedición del título, deberán presentar también fotocopia compulsada del título (aportar original para su cotejo) excepto aquellos alumnos titulados por la Universidad de Cantabria.También a través del Ministerio se dispone de la aplicación de Consulta de Títulos de manera que la persona interesada o una tercera autorizada por ésta puede obtener de forma inmediata un certificado de validez del título.
En el caso de titulados en universidades extranjeras, el título deberá estar homologado a un título universitario español y presentar, junto a la certificación académica, la declaración de equivalencia de la nota media del expediente académico realizado en el extranjero obtenido a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Estudiantes que han realizado las pruebas de acceso en la UC
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Estudiantes que NO ha realizado las pruebas de acceso en la UC | En el caso de la documentación acreditativa de los requisitos académicos, cuando no tenga validación electrónica, deberás optar por: Enviar la documentación compulsada por correo postal (Servicio de Gestión Académica. Casa del Estudiante "Tres Torres". Torre C. Planta 0. Avda. de los Castros s/n. 39005 Santander). - Enviar la documentación por registro electrónico a través de alguna de las oficinas habilitadas para ello.
Presentar originales en el Servicio de Gestión Académica.
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ABONO DE TASAS: Recuerda que para formalizar tu matrícula, en caso de no domiciliar el pago, es necesario que realices el abono de tasas en un plazo máximo de 5 DÍAS HÁBILES entragando el justificante acreditativo junto con el resto de documentación.
La falta de entrega de la documentación indicada dará lugar a la anulación de la matrícula.
Tasas de matrícula y Deducciones/Exenciones
El importe de los precios públicos a satisfacer por la prestación de servicios y actividades académicas universitarias se establece para cada curso académico por una orden del Gobierno de Cantabria.
Orden de precios públicos para el curso académico 2023/24
Precios por Servicios Académicos
Esta orden fijará el precio por crédito, según la rama de conocimiento a la que esté adscrito el título de Grado, que deberás abonar al realizar tu matrícula.
El importe de la matrícula en los estudios de Grado será el resultdo de sumar los créditos en los que es estudiante se matricule, multiplicados por el precio del crédito correspondiente a la rama de conocimiento de la titulación.
Precios por Servicios Administrativos
Además de las tasas académicas deberás abonar las tasas de secretaría por: formación de expediente, traslado de expediente, tarjeta universitaria inteligente y el seguro escolar.
En nuestra web dispones de información actualizada con los Precios públicos para el curso académico en vigor, así como de un simulador en el que podrás calcular el precio de tu matrícula antes de realizarla.
Tasas Académicas: Curso 2023/2024
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1º matrícula |
2º matrícula |
3º matrícula |
4º y suc. matrículas |
CIENCIAS DE LA SALUD |
Grado en Ciencias Biomédicas Grado en Enfermería Grado en Fisioterapia* Grado en Medicina Grado en Logopedia* |
15,56 € |
32,13 € |
69,63 € |
96,41 € |
Las tasas correspondientes al curso completo (60 créd. de 1ª matrícula) de la rama de Ciencias de la Salud ascienden a 933,60 euros |
INGENIERÍA Y ARQUITECTURA |
Grado en Ingeniería Civil con Mención en Construcciones Civiles Grado en Ingeniería de los Recursos Energéticos Grado en Ingeniería de los Recursos Mineros Grado en Ingeniería de Tecnologías de Telecomunicación Grado en Ingeniería Eléctrica Grado en Ingeniería en Electrónica Industrial y Automática Grado en Ingeniería en Tecnologías Industriales Grado en Ingeniería Informática Grado en Ingeniería Marina Grado en Ingeniería Marítima Grado en Ingeniería Mecánica Grado en Ingeniería Náutica y Transporte Marítimo Grado en Ingeniería Química |
14,54€ |
30,03 € |
65,06 € |
90,09 € |
Las tasas correspondientes al curso completo (60 créd. de 1ª matrícula) de la rama de Ingeniería y Arquitectura ascienden a 872,40 euros |
CIENCIAS |
Grado en Física Grado en Matemáticas Doble Grado en Física y Matemáticas |
12,22 € |
25,24 € |
54,69 € |
75,72 € |
Las tasas correspondientes al curso completo (60 créd. de 1ª matrícula) de la rama de Ciencias, ascienden a 733,20 euros |
CIENCIAS SOCIALES Y JURÍDICAS
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Grado en Administración y Dirección de Empresas Grado en Derecho Grado en Economía Grado en Geografía y Ordenación del Territorio Grado en Gestión Hotelera y Turística* Grado en Magisterio en Educación Infantil Grado en Magisterio en Educación Primaria Grado en Relaciones Laborales Doble Grado en Administración y Dirección de Empresas y Economía Doble Grado en Derecho y en Administración y Dirección de Empresas Doble Grado en Administración y Dirección de Empresas y Relaciones Laborales Doble GRado en Magisterio en Educación Infantil y en Educación Primaria
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10,78 € |
22,27 € |
48,25 € |
66,80 € |
Las tasas correspondientes al curso completo (60 créd. de 1ª matrícula) de la rama de Ciencias Sociales y Jurídicas, ascienden a 646,80 euros |
ARTES Y HUMANIDADES |
Grado en Estudios Hispánicos* Grado en Historia |
9,95 € |
20,55 € |
44,53 € |
61,65 € |
Las tasas correspondientes al curso completo (60 créd. de 1ª matrícula) de la rama de Artes y Humanidades, ascienden a 597,00 euros |
* Estudios impartidos en Centros adscritos a la UC. Además de los precios públicos indicados, los estudiantes deberán abonar las tasas propias establecidas por cada centro.
Importe de la matrícula por curso académico
Para que te hagas una idea del importe aproximado de tu matrícula, te mostramos a continuación el precio en el curso 2023/24 de la matrícula en primer curso de estudios de Grado (60 créditos) según la rama de conocimiento:
Artes y Humanidades
| 597,00 €
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Apertura de expediente: 24,04 € Seguro escolar: 1,12 € Tarjeta Universitaria Inteligente: 5,13 € Traslado de expediente: 24,04 € |
Ciencias | 733,20 €
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Ciencias de la Salud
| 933,60 €
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Ciencias Sociales y Jurídicas | 646,80 €
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Ingeniería y Arquitectura | 872,40 €
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El pago podrás realizarlo
Los estudiantes podrán optar por el pago único, según el calendario de domiciliaciones, o fraccionado
en cuatro plazos. En caso de pago fraccionado serán cargados en la cuenta bancaria facilitada por el estudiante las cuantías siguientes, siempre según el calendario de domiciliaciones:
Primer plazo: 30% de los precios públicos por servicios académicos y 100% de los precios públicos por servicios de secretaría.
Segundo plazo: 30% de los precios públicos por servicios académicos, que se cargará el
29 de diciembre de 2023.
Tercer plazo: 20% de los precios públicos por servicios académicos, que se cargará el
23 de febrero de 2024.
Cuarto plazo: 20% de los precios públicos por servicios académicos, que se cargará el 26 de abril de 2024.
IMPORTANTE: Ten en cuenta que, el pago de las tasas de la matrícula se realizará por DOMICILIACIÓN BANCARIA. Para ello deberás introducir, en el momento de realizar la matrícula, un número de CUENTA BANCARIA (IBAN) para poder efectuar el pago de las tasas. + Calendario de domiciliaciones
Estudiantes Solicitantes de Beca del Ministerio de Educación y Formación Profesional
Si solicitas la beca del Ministerio de Educación, cuando realices la matrícula solo tendrás que abonar las tasas de secretaría hasta que la beca se resuelva.
Si finalmente te deniegan la beca, deberás acudir al Servicio de Gestión Académica o a la Secretaría de tu Centro de estudios para abonar las tasas académicas pendientes.
Deducciones y Exenciones de Matrícula
Las únicas exenciones o reducciones del pago de los precios públicos por matrícula, para el curso 2023/2024, son las que se contemplan a continuación:
Estudiantes Becarios con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, de la Comunidad Autónoma de Cantabria, del Gobierno del País Vasco o cualquier otra Administración Pública con regulación específica en materia de becas para estudiantes universitarios: Tendrán exención total o parcial del pago de los precios públicos por servicios académicos de acuerdo con lo establecido en la respectiva convocatoria, debiendo abonar el importe del servicio de Secretaría y, en su caso, del Seguro Escolar. Deberán presentar la documentación que les sea requerida, de acuerdo con lo establecido en las bases de la convocatoria.
Los estudiantes que al formalizar la matrícula se acojan a la exención de precios por haber solicitado la concesión de una beca y, posteriormente, no obtuviesen la condición de becario o les fuera revocada la beca concedida, estarán obligados al abono del precio correspondiente a la matrícula que efectuaron, y su impago conllevará la anulación de la matrícula de todas las materias, asignaturas o disciplinas, en los términos previstos por la legislación vigente. Mas información sobre becas y ayudas
Familia numerosa o Familia Monoparental: El estudiante miembro de familia numerosa o monoparental especial tendrá una exención del 100 % y el de familia numerosa o monoparental general tendra una deducción del 50 %. Los solicitantes, para tener derecho a la exención, deberán tener la condición de familia numerosa al comienzo del curso académico en que haya de aplicarse.
Estudiantes con Discapacidad: Los estudiantes que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33% conforme dispone el artículo 4.2 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social aprobado por Real Decreto 1/2013, de 29 de noviembre tendrán exención del pago de los precios públicos por servicios académicos y de secretaría, debiendo abonar el importe del Seguro Escolar, en su caso, conforme a lo establecido en la disposición adicional 24.6 de la Ley Orgánica de Universidades. Deberán presentar certificado de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad expedido por el órgano competente de cada Comunidad Autónoma.
Estudiantes que acrediten haber obtenido Matrícula de Honor en los estudios de Bachillerato o en un Ciclo Formativo de Grado Superior de Formación Profesional; Premio Extraordinario de Bachillerato; o medalla en las Olimpiadas de Matemáticas, Física o Química de ámbito nacional: Tendrán exención total del pago de los precios públicos por servicios académicos en el primer curso y por una sola vez de los estudios superiores, debiendo abonar el importe del servicio de Secretaría, de impresos de matrícula y, en su caso, del Seguro Escolar. Deberán presentar el Certificado que acredite dicha calificación o premio, excepto los estudiantes del distrito universitario de Cantabria.
Huérfanos de funcionarios fallecidos en acto de servicio: Tendrán exención total del pago de los precios públicos por servicios académicos, debiendo abonar el importe de las tasas de secretaría y, en su caso, guía de estudios y Seguro Escolar. El derecho a la exención alcanza a los solteros menores de 25 años y únicamente para asignaturas de nueva matriculación.
Víctimas de la violencia de género de conformidad a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, y sus hijos o hijas: Tendrán exención del pago de los precios públicos por servicios académicos, debiendo abonar el importe de los servicios de Secretaría y, en su caso, del Seguro Escolar. De acuerdo con lo establecido en el art. 23 de la citada Ley Orgánica se podrá acreditar esta situación mediante una sentencia condenatoria por un delito de violencia de género, una orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima, o bien por el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género. También podrán acreditarse las situaciones de violencia de género mediante informe de los servicios sociales, de los servicios especializados, o de los servicios de acogida destinados a víctimas de violencia de género de la Administración Pública competente.
Víctimas de actos terroristas, así como sus hijos e hijas: En aplicación del artículo 38 de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral da las Víctimas del Terrorismo, tendrán exención del pago de los precios públicos por servicios académicos, debiendo abonar el importe de los servicios de Secretaría y, en su caso, del Seguro Escolar. Podrán solicitar la ayuda las víctimas directas del terrorismo, sus viudos/as, hijos y huérfanos. Los hijos y huérfanos lo podrán hacer hasta que cumplan los veintiocho años de edad, solteros y no emancipados. Este derecho abarca a las asignaturas de nueva matriculación. Deberán presentar un certificado que acredite tal circunstancia.
Alumnado refugiado o
que ostente el derecho a la protección subsidiaria. El alumnado que, de
acuerdo con lo dispuesto en la Ley 12/2009, de 30 de octubre,
reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, haya
adquirido la condición de personas refugiadas o que ostenten el derecho a
la protección subsidiaria tendrá exención del pago de los precios
públicos por servicios académicos, debiendo abonar el importe de los
servicios de Secretaría y, en su caso, el Seguro Escolar.
El
alumnado que se acoja a esta disposición habrá de aportar la
correspondiente resolución acreditativa de tales condiciones emitida por
el órgano competente conforme a la legislación aplicable.
Asimismo,
mientras se dicte la correspondiente resolución, el alumnado que haya
presentado solicitud de asilo en España y se encuentren a la espera de
la resolución del Ministerio del Interior, tendrá también de exención
provisional en el pago de los precios públicos por servicios académicos,
hasta tanto se dicte la resolución definitiva. Dictada la
correspondiente resolución, la Universidad comprobará si el alumnado
tiene o no derecho a la exención solicitada.
Beneficiarios de la prestación del Ingreso Mínimo Vital: los beneficiarios de la prestación del ingreso mínimo vital a quienes se reconozca dicha condición estarán exentos del pago de los precios públicos por servicios académicos universitarios para la realización de estudios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial.
Anulación de matrícula y devolución de tasas
Anulación de matrícula
La modificación o la anulación total o parcial de la matrícula deberá solicitarse antes del último día hábil del mes de septiembre de cada año, implicando, en el caso de la anulación, que la matrícula no ha existido y no se computará a ningún efecto. El estudiante tendrá derecho a la devolución de las tasas académicas.
No obstante, se podrá solicitar la modificación o la anulación total o parcial de la matrícula por motivos debidamente justificados y a efectos exclusivamente académicos.
Excepcionalmente, se podrán tramitar solicitudes de modificación o anulación de matrícula total o parcial con derecho a devolución de tasas académicas fuera del plazo establecido, siempre que concurran situaciones extraordinarias debidamente motivadas y justificadas como fallecimientos familiares, enfermedades, actividad laboral incompatible, reconocimiento de discapacidad u otras circunstancias que imposibilitenal estudiante continuar cursando los estudios.
La falta de pago del importe total del precio, en caso de opción por el pago total, o del correspondiente plazo, en caso de pago fraccionado, conllevarála anulación de la matrícula realizada. Se autoriza al Servicio de Gestión Académica para proceder a la anulación de matrícula en caso de falta de pago.
Devolución de tasas
Las
solicitudes de devolución del importe de matrícula se tramitan a través de un impreso expedido por las Secretarías de los Centros. Deben presentarse en la Secretaría de la Facultad o Escuela donde se formalizó el pago de la cantidad que se reclama, acompañadas de la documentación justificativa.
Casos en los que se procederá a la devolución del importe de la matrícula:
Cuando se hubieren efectuado abonos superiores a los de los precios públicos en vigor, por errores materiales o de hecho y los aritméticos en la liquidación.
Si una vez abonado el importe de la matrícula, el interesado obtuviera becas o ayudas al estudio que, según la normativa vigente, impliquen exención de pago de precios públicos por matrícula, o hubieran obtenido convalidación de asignaturas matriculadas y su importe no se hubiera compensado con el de la ampliación de matrícula, o ésta no se produjera.
Si con posterioridad al abono de la matrícula se certifique hallarse en el momento de realizar aquella en situación legal o administrativa que conlleve exención de pago.
Cuando por causas no imputables al obligado al pago por servicios académicos universitarios no se preste dicho servicio.
No procederá a la devolución en ningún caso de los precios abonados en concepto de tasas de secretaría, que se considerarán como gastos de trámite.
En el caso de que procediera devolución de precios académicos, si estos correspondieran a
matricula abonada fraccionadamente, la cuantía de la devolución se deducirá del importe de los pagos pendientes.
Instrucciones para la matrícula por internet
Esta modalidad de matriculación puede utilizarse por aquellos estudiantes que sean admitidos, en cada una de las listas de admisión que se publicarán, de acuerdo con el calendario indicado anteriormente.
Acceso al sistema
Para acceder al sistema es necesario identificarse mediante:
- Número de D.N.I. o Usuario
- Introducir la clave utilizada para realizar la preinscripción.
Lea atentamente la nota informativa sobre la protección de datos de carácter personal.
Comenzar la matrícula
Debe seleccionar una de las opciones en función de su situación actual:
Tramitación de la solicitud
Una vez realizada la matrícula online y domiciliado el pago de las tasas, deberás remitir la documentación necesaria en el plazo de 5 DÍAS HÁBILES para terminar de formalizar tu matrícula.
Régimen de dedicación
En la Universidad de Cantabria te ofrecemos tres modalidades de dedicación en las que podrás organizar tu matrícula según se adapten más a tus necesidades:
Matrícula a Tiempo Completo
Créditos Matriculados (estudiantes de primer curso)
| 60 créditos |
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Créditos Matriculados (estudiantes de segundo curso y sucesivos)
| Entre 42 y 72 créditos por curso académico |
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Matrícula a Tiempo Parcial
Créditos Matriculados (estudiantes de primer curso)
| 30 créditos |
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Créditos Matriculados (estudiantes de segundo curso y sucesivos)
| Entre 18 y 36 créditos por curso académico |
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Matrícula a Tiempo Completo Intensificado
Créditos Matriculados (estudiantes de segundo curso y sucesivos)
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Entre 78 y 90 créditos por curso académico |
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Requisitos:
| Haber superado al menos 54 créditos en el curso anterior
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Cuando realices tu matrícula de primer curso en la Universidad lo harás a tiempo completo. Si quieres modificarla al régimen de matrícula parcial deberás informarte en el Servicio de Gestión Académica o en la Secretaría del Centro que imparta los estudios.
Régimen de permanencia
Este régimen establece los requisitos que debes superar para poder seguir matriculado en los mismos estudios de Grado. Es decir, el número de créditos que deberás aprobar para poder continuar tus estudios.
Para poder continuar cursando tus estudios en nuestra Universidad te exigiremos que superes un mínimo de créditos al finalizar tanto tu primer año de matrícula como el tercero:
Alumnado a Tiempo Completo:
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Deberá superar como mínimo 2 asignaturas (12 créditos) para poder matricularse el curso siguiente.
Además el alumnado que no supere un mínimo de 4 asignaturas (24 créditos) el curso siguiente únicamente podrá matricularse de las asignaturas pendientes de primer curso.
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Alumnado a Tiempo Parcial:
| Deberá superar como mínimo 1 asignatura (6 créditos).
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Alumnado a Tiempo Completo:
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Deberá superar en su segundo año de matrícula un mínimo de 3 asignaturas (18 créditos).
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Alumnado a Tiempo Parcial:
| Deberá superar en su segundo año de matrícula un mínimo de 2 asignaturas (12 créditos).
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Alumnado a Tiempo Completo:
| Deberá superarse tras el tercer y sucesivos años de matrícula un mínimo de 4 asignaturas (24 créditos).
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Alumnado a Tiempo Parcial:
| Deberá superarse tras el tercer y sucesivos años de matrícula un mínimo de 2 asignaturas (12 créditos).
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Consecuencias de no superar el Régimen de Permanencia
Si no superas los controles establecidos en el régimen de permanencia deberás abandonar los estudios iniciados. En cualquier caso siempre podrás solicitar plaza en cualquier otro estudio de Grado ofertado en la UC
Año de Gracia para continuar tus estudios
En casos excepcionales, el Consejo Social de la Universidad de Cantabria podrá conceder a los estudiantes que no cumplan los controles del régimen de permanencia un año de gracia, permitiéndoles matricularse en la titulación con objeto de llegar a cumplir los controles, siempre que acrediten y demuestren que han concurrido circunstancias especiales que les han impedido una dedicación plena a los estudios.
Preinscripción y Admisión
Oferta de estudios de Grado
Becas y ayudas al estudio
Tarjeta Universitaria Inteligente